
Alcohol Orgánico
Revised: 9/16/05
O1: ¿Todavía se requieren las declaraciones de ingredientes (ingredient statements) para productos 100 por ciento orgánicos, productos “orgánicos” (por lo menos 95% orgánicos), o “hecho con productos orgánicos” (por lo menos 70% ingredientes orgánicos)?
R: No. Si tiene una aprobación sin una fecha de expiración, su etiqueta contiene una “declaración de ingredientes,” y los ingredientes orgánicos constituyen por lo menos 70% del producto, usted puede remover la “declaración de ingredientes” sin someter otra vez la aplicación para aprobación de etiqueta. Para información actualizada sobre productos que contienen algunos productos orgánicos (menos de 70% de ingredientes orgánicos), visite la página Internet del Programa Orgánico Nacional (National Organic Program) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos: http://www.ams.usda.gov/nop.
OA 2: Mi etiqueta fue aprobada con una fecha de expiración de 10/21/04 porque le faltaba la declaración de ingredientes (ingredient statement). Pero el resto cumple con el Programa Nacional Orgánico. ¿Que debo hacer?
R: Debe enviar una carta explicando que su etiqueta es idéntica a la que fue aprobada anteriormente y que fue terminada solamente porque no contenía una “declaración de ingredientes,” una copia del certificado de aprobación de etiqueta anterior, una nueva aplicación para etiqueta en duplicado en el formulario TTB F 5100.31, y copias de la certificación orgánica para el producto respectivo. Por favor envíe solicitudes a: 1310 G. St. NW, 4th Floor, Washington, DC 20220, Attention: Organic Program. La División de Alcohol, Etiquetado, y Formulación procesara estas solicitudes lo más pronto posible.
OA 3: Mi aplicación de etiqueta de certificado orgánico recibió una fecha de expiración de 10/21/03, y todavía tengo productos en mi bodega que no están de acuerdo con el Programa Nacional orgánico. ¿Necesito obtener una nueva aprobación para mi etiqueta?
R: Si. Puede solicitar una extensión a corto plazo si la etiqueta se mantiene exactamente lo mismo. Debe enviar una carta detallando esta solicitud, incluyendo el numero de casos y cuanto tiempo necesita, una copia del certificado de aprobación para etiquetas que no fue Programa Nacional Orgánico y que le fue previamente aprobado, y una nueva aplicación para etiqueta en duplicado en el formulario TTB F 5100.31. Envíe su solicitud a: 1310 G. St. NW, 4th Floor, Washington, DC 20220, Attention: Organic Program.
OA 4: Entiendo que el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos finalizó las regulaciones relacionado al Programa Nacional Orgánico en 7 CFR parte 205. ¿Como afectaran estas regulaciones al alcohol orgánico que produzco?
R: Estas regulaciones crean estándares para la producción, el manejo, procesamiento, etiquetado, y comercialización de todos los productos producidos orgánicamente. Las regulaciones también crean cuatro categorías de clasificación orgánica e identifican substancias específicas que no se pueden utilizar en la producción de productos hechos orgánicamente. Para obtener más información sobre el Programa Nacional Orgánico y para ver el texto entero de las regulaciones, por favor visite a la página Internet del Servicio de Comercialización para Agricultura (Agricultural Marketing Service) en: http://www.ams.usda.gov/nop.
OA 5: ¿Tendré que cambiar mi etiqueta para que este de acuerdo con estas nuevas regulaciones?
R: Si su producto fue hecho con ingredientes orgánicos que no están en el Programa Nacional Orgánico cultivados antes de Octubre 21, 2002, puede usar etiquetas que fueron aprobadas anteriormente. Pero si su producto fue hecho con ingredientes cultivados después de 10/21/02, debe cambiar sus etiquetas para que reflejen las nuevas pautas.
OA 6: ¿Por cual fecha tiene que cumplir mi producto con las nuevas regulaciones?
R: Empezando el 21 de Octubre de 2002, todos los productos que quiera vender como orgánicos deben ser producidos cumpliendo con los estándares del Programa Nacional Orgánico. Sin embargo, el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos ha definido la “corriente de comercio” que podría permitir que algunos productos estén exentos de los estándares del Programa Nacional Orgánico por un tiempo. Para leer esta definición, por favor visite la página Internet del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos: http://www.ams.usda.gov/nop/NOP/PolicyStatements.htm.
OA 7: Anteriormente, TTB me había aprobado un certificado orgánico de aprobación de etiquetas con una fecha de expiración de 10/21/02. ¿Todavía puedo usar estas etiquetas después de esa fecha si están siendo utilizadas para productos que contienen ingredientes orgánicos (pero que no están de acuerdo con el Programa Orgánico Nacional) y cultivados antes del 21 de Octubre de 2002?
R: Estas etiquetas todavía pueden ser utilizadas, pero debe solicitar un certificado nuevo de aprobación de etiqueta que este calificado con una fecha nueva de expiración. TTB automáticamente entrega una fecha de expiración de 10/21/04 a menos que usted pida una fecha específica que le permitirá agotar ese producto definido. Para ver procedimientos sobre como obtener una fecha de expiración nueva, por favor vea la carta de ATF fechada 9/18/02.
OA 8: ¿Cuál será la diferencia en el etiquetado de mis productos orgánicos bajo las regulaciones del Programa Nacional Orgánico?
R: Las regulaciones del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) requieren que productos producidos con los estándares del Programa Nacional Orgánico incluyan el nombre de un agente acreditado por USDA quien certifico el producto. Otra información opcional puede aparecer en la etiqueta, dependiendo en el producto. Por un tiempo, USDA requería que todos los productos que hacen una afirmación de ser orgánicos incluyeran una declaración completa de ingredientes. Sin embargo, en Junio 2003, el USDA reinterpreto sus regulaciones. Como resultado, declaraciones de ingredientes ya no son necesarias en etiquetas de bebidas alcohólicas que intentan acordar con los estándares del Programa Nacional Orgánico.
OA 9: ¿Todavía tengo que someter mis aplicaciones para el certificado de aprobación de etiquetas al TTB?
Si. Usted todavía debe mandarnos las aplicaciones para certificados orgánicos de aprobación de etiquetas a nosotros. TTB envía una copia de la aplicación al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) para determinar si la etiqueta esta de acuerdo con el Programa Nacional Orgánico. TTB conduce una revisión concurrente de la etiqueta para cumplimiento con la Acta Federal de Administración de Alcohol. Si USDA determina que la etiqueta no cumple con el Programa Nacional Orgánico, TTB notifica al solicitante de la decisión de USDA. Todos los demás aspectos del proceso para aprobación de etiquetas se mantienen lo mismo.
OA 10: ¿Necesitara revisar mi etiqueta el Departamento de Agricultura?
R: Si. TTB adelanta todas las etiquetas que contienen una referencia orgánica al Departamento de Agricultura (USDA) para revisión. El USDA revisa la etiqueta para cumplimiento con el Programa Nacional Orgánico y nos hace una recomendación basada en sus regulaciones.
OA 11: ¿Cuándo someto una aplicación para certificado orgánico de aprobación de etiquetas, debería de incluir cualquier otra cosa con las etiquetas?
R: Si. Siempre incluya una certificación orgánica con la aplicación.
OA 12: ¿Toma mas tiempo para procesar un certificado orgánico de aprobación de etiquetas considerando que están siendo retransmitidas hasta el Departamento de Agricultura?
R: TTB firmo un Memorando de Entendimiento (Memo of Understanding o MOU) con el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos que provee una revisión concurrente y oportuna para certificados orgánicos de aprobación de etiquetas. De este modo, nosotros esperamos que estas aplicaciones sean procesadas en casi el mismo tiempo que toma para una aplicación ordinaria. Sin embargo, algunas circunstancias pueden requerir que USDA obtenga información adicional del solicitante. En estos casos, puede ser que tome más tiempo para procesar una aplicación.
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